El gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia en la región metropolitana de Lima y la provincia constitucional del Callao por un período de 30 días calendario, con el objetivo de fortalecer la lucha contra la criminalidad y diversas manifestaciones de violencia.
La medida fue oficializada mediante Decreto Supremo N° 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano. Durante la vigencia de esta disposición, la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas, las cuales participarán en los operativos de seguridad de conformidad con el marco legal vigente.
El decreto también establece la restricción o suspensión de ciertos derechos constitucionales, entre ellos la inviolabilidad del domicilio, la libertad de circulación, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales. Asimismo, la policía determinará áreas de intervención con base en información de inteligencia, estadísticas y mapas de criminalidad.
En cuanto a las actividades públicas, los eventos masivos de carácter religioso, cultural o deportivo deberán requerir autorización previa de las autoridades competentes, mientras que las actividades no masivas podrán realizarse sin autorización específica.
Además, se dispuso que diversos organismos relacionados con la seguridad ciudadana permanezcan en sesión permanente durante el estado de emergencia, a fin de coordinar acciones y evaluar los resultados de las medidas adoptadas para enfrentar la inseguridad en la capital y en el primer puerto.
